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Ex alcalde de Nandayure cobraba salario y pluses mientras gozaba de pensión

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El pasado 1° de mayo, Carlos Arias Chávez dejó de ocupar su puesto como alcalde de la Municipalidad de Nandayure; sin embargo, todavía no se desliga del municipio pues ahora enfrenta una demanda por un supuesto enriquecimiento ilícito.

De acuerdo con el auditor municipal, Gilberto Hernández, Arias cobraba salario como alcalde y al mismo tiempo  ostentaba una pensión por  jubilación en el Magisterio Nacional.

Así,  estaría violentando el artículo 20 del Código Municipal, que establece que si el alcalde es pensionado y no renuncia a su pensión, puede recibir únicamente el 50% del total del salario por concepto de gastos de representación.

 

 

 

Arias fungió como jerarca en el periodo 2010-2016 y percibía un salario aproximado de  ¢1.980.000 más el plus de prohibición, que es el 65% sobre el salario base (¢1.300.000 aproximadamente). Además,  recibía por concepto de pensión aproximadamente ¢1.400.000, por lo que sumaba un salario  de ¢4.680.000.

La Voz de Guanacaste intentó conversar con el ex alcalde, pero a pesar de varias llamadas al celular y mensajes en su grabadora no hubo respuesta.

El auditor agregó que Arias no tiene derecho a pago de prohibiciones, pues ese rubro solo aplica para profesionales liberales como abogados, ingenieros, médicos, contadores públicos, pero no para un educador, según dicta la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.

“Nuestra posición siempre estuvo en contra de pagarle salario y prohibiciones y en su momento se lo hicimos saber al exalcalde. Ante el Concejo presentamos informes y ahí están las actas. También notificamos a la Contraloría General de la República. Ellos nos indicaron que efectivamente era necesario aplicar el artículo 20 del Código Municipal. Finalmente, nos vimos obligados a presentar la denuncia ante la fiscalía de Nicoya”, comentó Hernández.

La denuncia penal

Según Hernández, el caso del ex alcalde de Nandayure se encuentra en manos de la Fiscalía de Nicoya. La demanda fue presentada por la auditoría municipal el 18 de diciembre del 2015.

Hernández indicó que, luego de que presentaron la demanda, la Fiscalía allanó algunas oficinas municipales y procedió a decomisar actas, planillas y otros documentos con el fin de reunir evidencias. Pese a que dicho proceso tiene más de un año, aun el Ministerio Público no se ha pronunciado.

El departamento de prensa de la Fiscalía indicó que el proceso se encuentra en la etapa de revisión y análisis de pruebas.

“La Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA) informó que se encuentra revisando el requerimiento conclusivo que realizó la Fiscalía Adjunta de Nicoya, en relación con la causa 15-000569-0414-PE, seguida contra un hombre de apellidos Arias Chávez, ex alcalde de Nandayure, por el delito de enriquecimiento ilícito”, confirmó la Fiscalía por medio de un correo electrónico.

Por su parte, Hernández dijo que están a la espera de que los tribunales obliguen al ex alcalde a reembolsar a las arcas municipales el dinero devengado durante los cuatro años, que ronda los ¢180.000.000.

Escenarios similares en otros municipios

Aunque el artículo 20 del código municipal parece dejar clara la vía que debe seguir una persona jubilada que aspire a una alcaldía, existen algunos antecedentes que dejan dudas.  

Por ejemplo, la actual alcaldesa de Santa Cruz María Rosa López, presentó en el 2011 un recurso de amparo porque el Concejo santacruceño quería aplicarle ese artículo, pues fungía como vicealcaldesa en ese momento. La Sala Constitucional acogió el recurso y ordenó al municipio pagar costos, daños y perjuicios.

Un año después (febrero 2012), el alcalde de Tibás, Gonzalo Vargas, se acogió a la Sala IV por un caso similar y la Sala rechazó el recurso de amparo, dándole crédito al artículo 20 del código municipal.  

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