Regional, COVID-19

Gobierno refuerza restricción vehicular y cierre de negocios durante Semana Santa

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El presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, anunció este miércoles en conferencia de prensa diaria, que las medidas de restricción vehicular se van a fortalecer en Semana Santa, así como la del cierre de negocios para evitar las conglomeraciones durante estas fechas.

Las medidas se toman para contener el brote de COVID-19 en el país que este miércoles reportó 375 casos positivos.

Las nuevas medidas, que detallaremos a continuación, empezarán a regir el próximo viernes 3 de abril y se dividirán en dos bloques: del próximo viernes y hasta el martes 7 de abril; y posteriormente unas más fuertes, del miércoles 8 de abril, (Miércoles Santo) al domingo 12 de abril (Domingo de Resurrección).

Restricciones del viernes 3 al martes 7 de abril

Desde este viernes 3 y hasta el próximo martes 7, la restricción vehicular sanitaria arrancará a partir de las 5 p.m.. De esta manera, y de 5 p.m. a 5 a.m. del día siguiente, no podrán circular vehículos particulares.

Además, durante el día también regirá una restricción diurna por número de placa y solo se permitirá el tránsito vehicular según el siguiente número final de la matrícula del vehículo:

  • Sábado 4 y lunes 6: solo podrán circular vehículos cuya placa finalice en 1, 3, 5, 7 y 9 (números impares).
  • Domingo 5 y martes 7: solo podrán circular vehículos cuya placa finalice 0, 2, 4, 6 y 8 (números pares).

Además, el Gobierno detalló que se procederá al cierre de todos los establecimientos que tengan permiso sanitario de atención al público durante estas fechas y solo se permitirán los servicios de alimentación a domicilio.

Por último, se restringirá el transporte público de larga distancia (es decir de viajes de más de 75 kilómetros) para evitar que la población se traslade a costas o centros de conglomeraciones. En estos caso únicamente se permitirán dos carreras diarias. El único servicio público que se mantiene es el de taxi.

Restricciones del miércoles 8 al domingo 12 de abril

Para los siguientes días de Semana Santa, las restricciones serán más fuertes. Durante estos cinco días se aplicarán restricciones a la circulación de vehículos, al intercambio de servicios, y al tránsito de personas.

Salvo casos exceptuados, se suspende la circulación de vehículos y tránsito de personas. Se garantizará el acceso a supermercados, abastecedores, pulperías y servicios de salud y farmacias sin restricción horaria, pero el traslado en vehículo quedará sujeto a las placas autorizadas por días», detalló el Ejecutivo en un comunicado de prensa.

En estas fechas se suspenderá el transporte público en su totalidad, salvo transportes especiales de actividades productivas esenciales y, nuevamente, el servicio de taxi.

El único caso en el que se permitirá el traslado de vehículos privados es para el acceso a supermercados, farmacias y centros de salud sin restricción horaria; quienes necesiten acceder a estos servicios podrán hacerlo, de nuevo, de acuerdo a su número de placa:

  • Miércoles 8: solo podrán circular vehículos cuya placa finalice en 0 y 1.
  • Jueves 9: solo podrán circular vehículos cuya placa finalice en 2 y 3.
  • Viernes 10: solo podrán circular vehículos cuya placa finalice en 4 y 5.
  • Sábado 11: solo podrán circular vehículos cuya placa finalice en 6 y 7.
  • Domingo 12: solo podrán circular vehículos cuya placa finalice en 8 y 9.

Según detalló el presidente Alvarado, «todo esto se busca para minimizar las concentraciones y que sigamos como país aplanando la curva y protegiéndonos».

Las medidas fungirán hasta el próximo lunes 13 de abril. Ese día se retomarán las restricciones que están vigentes al día de hoy. 

Esta nota fue originalmente publicada en español en Delfino.cr


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