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Nueva ley limitaría la reelección consecutiva de alcaldes, regidores y síndicos

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El Presidente Carlos Alvarado convocó al Congreso el proyecto de ley 21.810, que propone limitar la reelección de alcaldías, regidurías y sindicaturas a solo dos periodos consecutivos.

La propuesta modificaría el artículo 14 del Código Electoral que permite la reelección indefinida de cargos municipales electos por voto popular. Con la reforma, no podrían tener más de dos gestiones consecutivas. 

La reelección en períodos no sucesivos continuaría habilitada, así como la posibilidad de que tras dos periodos en ejercicio y teniendo dos periodos de por medio, puedan volver a ejercer el cargo (*ver nota al pie del artículo). 

La reelección de alcaldes es un escenario común. Actualmente cinco de los 11 gobernantes de las municipalidades de Guanacaste cumplen al menos dos periodos continuos: los alcaldes de Nandayure, Tilarán y Cañas actualmente ejercen su segundo mandato, el de Hojancha su tercero y el de Carrillo su cuarto. 

Otros jerarcas del país suman más de 15 años en el poder: Johnny Araya de San José y Alfredo Córdoba de San Carlos .

 

Para el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) es un cambio legalmente posible. 

“Este Tribunal no ve obstáculo para que se limite la reelección sucesiva de los cargos municipales”, dijeron el 17 de agosto en un pronunciamiento. 

A eso se suma que los magistrados electorales expusieron en el 2019 que “la reelección admite limitaciones razonables a su ejercicio mediante la promulgación de una ley en sentido formal y material, correspondiéndole al legislador decidir, dentro del marco constitucional, cuáles serán las modulaciones a ese derecho”.

La diputada socialcristiana María Inés Solís (PUSC), principal impulsora de la norma, manifestó su satisfacción por la convocatoria del presidente Alvarado.

Este proyecto pretende fortalecer la democracia, eliminar estos puestos vitalicios que han generado abusos indeseados”, dijo Solís. 

Solís también destacó la oportunidad de promover nuevos liderazgos en las comunidades. 

¿Qué dicen los alcaldes? 

Las y los diputados de la Comisión de Asuntos Municipales determinaron que las y los funcionarios electos por voto popular en el periodo 2020-2024 solo podrán reelegirse por un periodo más (2024-2028).

Las posiciones sobre la limitación a la reelección son diversas. Los alcaldes de Carrillo y de Nandayure, Carlos Cantillo y Gionvanni Jiménez, se oponen rotundamente. 

Yo creo que sería un error limitar la reelección de los alcaldes, porque no podría elegir la continuidad de un alcalde que está haciendo bien las cosas. Para mí la propuesta de esta ley vendría a ser un detrimento para la ciudadanía”, dijo Cantillo, quien gobierna Carrillo desde hace 15 años.

Con él coincide Jiménez, el jerarca de Nandayure desde el 2016. “El pueblo es el que puede poner y quitar, no la ley. Si los alcaldes están haciendo su buen trabajo, uno se lo debe al pueblo”, argumentó. 

Para Jiménez, que aseguró estar dispuesto a postularse en el 2024 para un eventual tercer gobierno, el cambio en la legislación sería “cometer el mismo error” que la prohibición de reelección inmediata para la Presidencia de la República. “Ahora vienen a sacar esa ley por el error que cometieron con los presidentes de la república, que deben esperar para ser reelectos”, se quejó. 

Por el contrario, Eduardo Pineda de Hojancha está de acuerdo con el proyecto.

A la gente le gusta el trabajo de algunos alcaldes, no de todos. Pero de mi parte yo veo bien el proyecto. Con todo esto que pasa [sobre la detención de alcaldes por el caso Diamante], adquiere relevancia un proyecto de este tipo. Yo lo aceptaría”, dijo Pineda. 

El jerarca cruceño Alonso Alán también manifestó en redes sociales su oposición a la propuesta. 

La Voz intentó conocer la posición de los otros alcaldes que han gobernado por al menos dos periodos, Juan Pablo Barquero de Tilarán y Luis Fernando Mendoza de Cañas, pero al cierre del artículo no contestaron al medio. 

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*Nota de la periodista, 15 de diciembre del 2021: Previamente el proyecto planteaba que solo debía transcurrir un periodo de por medio para que una persona electa popularmente por ocho años volviera a ocupar un cargo. Sin embargo, el miércoles 15 de diciembre del 2021 las y los legisladores de la comisión de asuntos municipales determinaron que deberán transcurrir dos periodos (ocho años, también). Este artículo también actualizó que las y los funcionarios electos por voto popular y que ejercen actualmente, podrán optar por un único periodo más (2024-2028). 

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