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Sala IV autoriza a Migración a retener extranjeros

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  La Policía de Migración de Costa Rica tiene derecho a detener a los extranjeros y retenerlos durante 24 horas mientras investigan sus documentos de viaje, resolvió la Sala Constitucional del Tribunal Supremo (Sala IV) durante la semana pasada.   De esta manera, la Sala IV rechazó la modificación de 13 artículos de la ley de migración. La corte escuchó el testimonio de varios sindicatos y asociaciones que representan a los trabajadores extranjeros.   Los jueces de la Sala IV se negaron a considerar la mayoría de los artículos pero si debatieron el artículo 18 y el artículo 31 de la ley, los cuales permiten la detención de extranjeros con el fin de examinar su situación migratoria.   El tribunal resolvió que si su estado aparece ilegal puede ser retenido durante 30 días.   El Director de Migración, Freddy Montero, dijo que el fallo le da su policía suficiente tiempo para chequear si el detenido tiene alguna relación con el tráfico ilegal de seres humanos o si tiene papeles de migración falsos.   Pero Montero señaló que el fallo no debería plantear temores en los extranjeros de que recibirán tratos despóticos de parte de la policía de Migración.   Según el articulo 24, Migración no puede confiscar un pasaporte indefinidamente sin un límite de tiempo. Sólo los tribunales tienen ese poder.   Migración puede confiscar un pasaporte por más de 24 horas sólo si existen razones importantes que forzarían a hacerlo y con una resolución formal de la Corte de Justicia.  

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