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“Usted viene con una formación de patriarcado”, dijo juez a femicida de Mariana Leiva

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El Tribunal Penal de Liberia condenó al femicida de la liberiana Mariana Leiva Fernández a 38 años de cárcel, 32 por el femicidio y seis por provocar un incendio en la habitación de ambos, donde la mató.

Al igual que en el juicio anterior, Ronaldi Sequeira Duarte y su defensa buscaron minimizar la pena bajo el argumento de que en el asesinato no medió la violencia de género, sino que ocurrió por un estado de emoción violenta en el que Sequeira perdió el control de sus acciones. 

A ese delito se le conoce como “homicidio especialmente atenuado”. La modificación de la tipología del delito hubiese implicado un cambio radical en la justicia por Leiva: mientras que el femicidio es condenado con hasta 35 años de prisión, el homicidio atenuado se castiga con un máximo de seis años.

Sin embargo, la jueza Yuliana Jiménez y los jueces Esteban López y Mario Guido Jiménez justificaron por qué Sequeira fue juzgado por femicidio y no por homicidio atenuado

«Usted viene con una formación en patriarcado donde el hombre es el que manda, donde el hombre es el que domina, donde el hombre es el que toma decisiones, donde el hombre es el principal proveedor de la casa”, le dijo el juez Esteban López. 

Y usted nunca logró reconocer que esa circunstancia fuera a la inversa, puesto que Mariana era precisamente la que llevaba ese rol en todos los sentidos”, agregó.

Los jueces derribaron los tres argumentos expuestos por las defensoras de Sequeira de situaciones que fueron “caldo de cultivo”, como le llamaron, para que él matara a su esposa. Los relatos de Ronaldi y sus abogadas estuvieron cargados de contradicciones en este juicio y con respecto a la estrategia del juicio anterior. 

La Voz recopila y explica las tres justificaciones: 

1. Fue una discusión acalorada

Según las defensoras, Sequeira mató a su esposa porque sufrió un estallido emocional cuando la noche del 5 de marzo del 2018, Mariana Leiva le confesó que le era infiel y que no quería tener hijos con él.

Sin embargo, los jueces evidenciaron contradicciones en las declaraciones de Sequeira. Dijeron que no podían tener certeza de que Mariana Leiva le hubiese confesado una infidelidad, pero sí tenían demostrado que dos años antes él ya sabía de la supuesta infidelidad de Leiva, según las declaraciones que él mismo le dio a la perito psicosocial.

“Esas circunstancias no son dichas con ningún testigo, Ronaldi, no son dichas por ningún testigo por parte de la familia de Mariana, son dichas por su persona misma”, le indicó el juez López a Sequeira. 

Hay estudios que ahondan en por qué la infidelidad no debería tomarse en cuenta al analizar un estado de emoción violenta. La investigadora argentina y directora del Observatorio de Género de Buenos Aires, Diana Maffía, dice en un artículo académico que “justiciar la emoción violenta, como reacción a una infidelidad, reproduce “la desigualdad de género y los vínculos de propiedad sobre los cuerpos y las vidas de las mujeres”. 

Los jueces también derribaron el argumento de que su gran anhelo era tener hijos dentro del matrimonio y que Leiva le dijo que ella no quería. Los jueces supieron que Mariana estuvo embarazada de Ronaldi y que, más bien, Ronaldi tuvo una hija fuera del matrimonio cuando ya estaba casado con Mariana. 

“De las mismas declaraciones suyas se puede desprender que esa responsabilidad que usted muestra de tener hijos dentro del matrimonio no es creíble”, le dijo el juez y puso sobre la mesa una anécdota contada por el mismo Ronaldi, cuando Mariana lo llamó y le dijo que se había dado cuenta que tenía una hija de siete meses. 

“Y es cuando usted llama y se da cuenta de que ya la hija tenía siete meses de nacida. Esto demuestra, Ronaldi, no una actitud de responsabilidad como usted lo quiere hacer ver, sino manifiesta una actitud de irresponsabilidad y no es compatible con el hecho que usted venga a decir que en todo momento quiso tener un hijo dentro del matrimonio”.

2. La violencia de la pareja era bilateral

El jurado concluyó que Ronaldi violentaba a Mariana Leiva, a pesar de que las defensoras del femicida y un perito contratado quisieron hacer ver que existía una violencia bilateral. 

Primero, los jueces descartaron el peritaje pagado por la defensa porque el perito se limitó a recolectar información de Sequeira y su familia, y no de fuentes diversas y sin inclinación. “El dictamen y el peritaje del señor Pablo no cumple con estándares de confiabilidad”, dijo el juez López.

Según el análisis de los jueces y la jueza, Mariana ejercía una violencia reactiva a raíz de las agresiones de Ronaldi. 

La prueba es contundente, Ronaldi, en el sentido de que usted agredía”, mencionó el juez López, y recordó episodios de violencia descritas durante el juicio, como cuando Mariana huyó de su casa y buscó refugio donde su hermana Andrea.

“Esto se puede observar como parte de un ciclo de violencia doméstica donde existe un dominio por parte de la persona que es el agresor”.

Los jueces también tomaron en cuenta las declaraciones de vecinos de la pareja, quienes “indicaron que usted era la persona que iniciaba esas discusiones, que usted era la persona que iniciaba esas expresiones de agresión verbal hacia Mariana, que usted le decía que no valía nada, que usted le decía de que valía menos que los perros”. 

En el juicio anterior, este fue también uno de los argumentos. Ronaldi dijo que si los vecinos lo escuchaban, era porque tiene voz de hombre. “Lógicamente, yo soy hombre y grito más fuerte”, dijo hae dos años.

Andrea Leiva, hermana de Mariana, sostiene la última foto que le tomaron a “La Negrura”, como le decían, un día antes de su femicidio. Foto: César Arroyo.

3. El alcoholismo y la drogadicción fueron determinantes

El último de los argumentos de las defensoras de Ronaldi fue que él estaba ebrio y drogado cuando mató a su esposa. 

Los jueces y la jueza determinaron que la prueba les permitió “excluir de una forma clara que, para el momento de los hechos, estuviera bajo la ingesta ingesta de alcohol o de alguna circunstancia psicotrópica”. 

El jurado consideró un video en el que Ronaldi camina sin tambalearse tras matar a su esposa, el testimonio de la hermana de Mariana, a quien Ronaldi llamó inmediatamente después de matarla, y el de los oficiales de la delegación de Liberia, donde se entregó.  

Ronaldi incluso se contradijo: en ocasiones argumentó que cuando llegó a su casa la tarde del femicidio, continuó tomando y, en otro momento, dijo que llegó a alimentar a los perros y a acostarse. 

Él y su defensa cambiaron el argumento utilizado en el juicio anterior, cuando quisieron culpar a Mariana de cambiar radicalmente su vida al inducirlo al alcohol y las drogas. En esta ocasión, admitieron que las adicciones las tiene “desde muy temprana edad”. 

La psicóloga especialista en género, Cynthia Castro, había explicado a La Voz de Guanacaste que un mito de la violencia de género es justificar la agresión con problemas de alcoholismo.

El crimen y la sentencia

El 5 de marzo del 2018, Sequeira acorraló a Mariana Leiva Fernández en la habitación de ambos y la apuñaló en 11 ocasiones, una de esas en la aorta, la arteria principal que lleva sangre del corazón al resto del cuerpo. Luego prendió fuego a la habitación, confesó el crimen y se entregó en la delegación policial de Liberia

Este es el segundo juicio por la justicia de Mariana Leiva Fernández. En julio del 2019, Sequeira fue condenado a 37 años por los mismos delitos, sin embargo, su defensa apeló la sentencia, el Tribunal de Apelaciones la acogió y ordenó realizar otro. 

En esta ocasión, los jueces y la jueza lo sentenciaron a 32 por la “atrocidad del crimen” (el femicidio es castigado con hasta 35 años). 

No es lo mismo, Ronaldi, darle cristiana sepultura a una persona teniendo su rostro intacto a darle cristiana sepultura teniendo su rostro totalmente desfigurado”, le señaló el juez Esteban López. 

“También se ha tomado en consideración, Ronaldi, el lugar en que sucedió ese atroz crimen, y es precisamente en el cuarto de habitación, en el cuarto que significa un refugio”. 

El jurado consideró favorecer la reinserción social del femicida, de 32 años. 

“El tribunal tiene que tomar en consideración un principio de equilibrio de culpabilidad (…) usted es una persona muy joven todavía, con todo un futuro por delante, usted es una persona con familia, con hijos”, le dijo el juez. 

“De acuerdo a toda la política de reinserción social y adaptación social, usted puede salir el día de mañana, tomar la decisión de cambiar y de corregir su vida”, le dijo al finalizar el juez López a Ronaldi. 

 

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